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Hermosillo, Sonora, a Jueves, 27
de Enero de 2005
Ingeniero Eduardo Bours Castelo
Gobernador Constitucional del Estado de Sonora
Maestro Horacio Soria Salazar
Secretario de Educación y Cultura del Estado de Sonora
Hablar del desarrollo de la cultura y de la civilización nos obliga también a considerar la educación, la cual no se encuentra aislada de las realidades socio-históricas, y menos de los sistemas económicos, políticos e ideológicos, que se han desarrollado durante el devenir histórico de la humanidad.
En relación a los acontecimientos del pasado miércoles, 5 de Enero de 2005, acerca de la orden de desahucio ejecutada por los actuarios del Tribunal Estatal de Justicia del Estado de Sonora, en contra de la Universidad de Hermosillo, A. C., nosotros, los estudiantes de dicha institución, nos vimos afectados con este mandato judicial. Las autoridades académicas universitarias (de Universidad de Hermosillo, A. C.) –cuyo consejo académico lo integran Federico Saviñón Plaza, Rosela Rendón Rendón, Fernando Díaz Sánchez y Constantino Martínez Fabián- no informaron que se llevaría a cabo de un momento a otro un desalojo por incumplimiento de pago de la renta, lo que al suscitarse causó perjuicio en nuestras personas y a la sociedad por la incorrecta administración y rectoría de esta institución educativa de nivel superior y la forma fraudulenta que se han llevado a cabo los hechos consecuentes del día de los acontecimientos a la fecha.
El ciudadano Federico Saviñón Plaza, Rector de la Universidad de Hermosillo, el día 5 de Enero de 2005 nos informó que las clases se reanudarían (porque cabe destacar que el cuatrimestre Enero-Abril 2005 había iniciado desde el 3 de Enero), en el domicilio de la Escuela de Música (Tamaulipas y Félix Soria #38 B), por cuestiones administrativas, lo que no es así. En un sentido fraudulento hacia los alumnos nos trasladaron a dicho inmueble que carece de las características mínimas que una institución de carácter Educativo Superior necesita para operar.
Venimos a usted, ciudadano gobernador, como autoridad máxima Política y Ejecutiva del Estado de Sonora a exponer nuestro sentir y describir cómo se nos han violado y defraudado nuestras garantías individuales estipuladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Artículo 3o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación.
(...) VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares.
pedimos su auxilio para que intervenga en nuestro favor como alumnos de la Universidad y con el debido respeto le solicitamos que nos conteste y se nos dé por presentado las siguientes peticiones que fundamos ante la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que son las siguientes:
I.La intervención de la Secretaría de Educación y Cultura para:
La destitución del Rector,
La realización de una inspección académica y la reubicación de la Universidad de Hermosillo, A. C.,
Una auditoria por parte del Instituto de Crédito Educativo del Estado de Sonora a los pagos que éste realizó a la Universidad.
II. Que responda en base en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que estipula que “los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa (…) A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”
Todo esto en nuestro derecho como así nos lo ordena la Constitución y las leyes secundarias que norman la Educación.
A continuación se enumeran las normas jurídicas violadas por el particular Federico Saviñón Plaza, apoderado legal y rector de la Universidad de Hermosillo, A. C. y las que podría infringir la Secretaría de Educación y Cultura:
Ley General de Educación, artículo 55, porque para establecer un nuevo plantel (como de hecho ha intentado el licenciado Federico Saviñón Plaza, tras el desalojo del domicilio aprobado por la Secretaría de Educación y Cultura –Pino Suárez 155, colonia Centro- luego del incumplimiento del contrato de arrendamiento), se requerirá, según el caso, una nueva autorización o nuevo Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y no cuenta con instalaciones que satisfacen las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determina.
Ley de Educación para el Estado de Sonora, artículo 48 que estipula: “la autorización y los Reconocimientos de Validez Oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten: II. Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas (…)”. El Reconocimiento de Validez Oficial no existe en tanto no haya aprobación del las instalaciones y no debe funcionar la institución hasta entonces, la Secretaría de Educación y Cultura viola la Ley.
Acuerdo 279, artículo 10, 11, 27 y anexo IV, que estipula, entre otros, la obligación de poseer título y profesores con experiencia mínima docente o laboral de 5 años y contar con profesores de tiempo completo, por cada asignatura ofrecida tener por lo menos tres libros.
Acuerdo 243, artículo 5 y 17, que establece que, tanto la autorización como el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios se otorga a favor de un particular, para impartir planes y programas de estudios específicos, en un domicilio determinado y con el personal docente que cumpla los requisitos mencionados en el artículo 15, por lo tanto, al no haber domicilio aprobado, no puede haber validez oficial.
Resolución 110, que dispone que “deberá obtener un nuevo reconocimiento de validez oficial de estudios en términos de lo que dispone el artículo 145, fr. II de la Ley de Educación para el Estado de Sonora”. No debe haber funciones, sino hasta haber cumplido con los requisitos, es ilegal la operación de la Escuela de antemano.
Por lo tanto, se viola la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; permitir la operación de la Universidad de Hermosillo es contra la Ley, primero se debe otorgar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y no a la inversa, como actualmente ha permitido la Secretaría de Educación y Cultura, tras lo cuál los alumnos de la Universidad de Hermosillo, A. C., acudimos a Palacio de Gobierno a exponer la problemática el pasado 6 de Enero de 2005 para, luego de que el titular del ejecutivo canalizara el problema a la Subsecretaría de Educación y Cultura, dirigirnos con el Maestro Raúl Nevárez Grijalva, en busca de una solución.
A las peticiones entregadas por escrito a las autoridades de la Secretaría de Educación y Cultura no ha habido respuesta, por lo que el pasado 12 de Enero de 2005 se presentó una queja en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en contra de la Universidad de Hermosillo, A. C. y en contra de la Secretaría de Educación y Cultura del Estado de Sonora misma que tampoco ha sido respondida.
Todo intento por hacer valer el Estado de Derecho ha provocado el hostigamiento, sobre todo de alumnos becados, por la Universidad, sin que hasta la fecha la aplicación de la ley, protección a los alumnos y una respuesta a las peticiones, sea el objetivo expreso de las autoridades.
El lema característico de la actual administración gubernamental es “Nada ni nadie por encima de la Ley”, ¿hasta cuándo el licenciado Federico Saviñón Plaza continuará estando por encima de la ley?
Alumnos de la Universidad de Hermosillo
Veritas