AUTOR: Lic. José
María Castillo Farreras. (ENP 7)
Profesor de Lógica
y Ética
El origen.
La Universidad Nacional fue creada por Decreto del 26 de mayo de 1910, como una dependencia del Ministerio de Educación Pública conducido por don Justo Sierra. Ya en su discurso en apoyo a la iniciativa de ley para crearla, Sierra dijo:
"...esta Universidad, señores, es una Universidad de Estado, como lo dije al principio; no se trata de una Universidad independiente, se trata de un cuerpo suficientemente autonómico dentro del campo científico pero que es, al mismo tiempo, una Universidad oficial, un órgano del Estado para la adquisición de los altos conocimientos..." (Citado por Jesús Silva Herzog, Una historia de la universidad de México y sus problemas, Siglo XXI, 2ª ed., 1978, p.17)
En 1929, durante la presidencia del Lic. Emilio Portes Gil, le fue plenamente otorgada la autonomía, después de un bizarro movimiento estudiantil, no exento de críticas y de impugnaciones en su momento
Hoy la Universidad Nacional sigue siendo un organismo del Estado, aunque descentralizado y autónomo. Como consecuencia notable de su descentralización, la Universidad 'Nacional no tiene sobre sí otro organismo jerárquicamente superior, pero hay canales que la unen con el gobierno central y la hacen permanecer dentro del Estado mexicano. Estas conexiones son, principalmente: 1. La Ley Orgánica que la creó, a la cual, y pese a la amplia autonomía que le fue concedida (autonomía mayor que la de cualquier otro organismo descentralizado y autónomo), la Universidad debe respetar, y 2. El subsidio, no tan amplio como debería ser y fuere deseable, que el Estado le entrega para su relativamente libre utilización ("relativamente", ya que debe utilizarse para la realización de sus fines y funciones: docencia, investigación y difusión de la cultura, por los que fue creada).
La educación en México es pública o privada.
La educación en México es pública ó privada. No existe una tercera clase. La educación pública la imparte el Estado y hay quien asegura que en ciertos casos lo hace directamente, pero omite que entonces en otros también lo hace, pero indirectamente.
La privada es asunto de los particulares.
Un hipotético tercer tipo de educación, la autónoma.
En un artículo publicado el 17 de mayo en el periódico La Jornada ("Las cuotas y la Ley") el autor, que parece manifestarse legalista de principio a fin, pero que aquí no dice en que norma legal se apoya, asevera paladinamente: "No es el Estado quien imparte la educación en las universidades autónomas, sino las universidades autónomas mismas."
Pero la perplejidad invade a cualquier lector atento, pues es como si se dijera, respecto de otro organismo del Estado también descentralizado y autónomo, como PEMEX, vgr., que no es el Estado mexicano quien perfora, extrae y vende el crudo, sino que lo hace el mismo PEMEX. Y así las cosas, y si se lleva todo esto al absurdo, podría decirse que no es el Estado el que legisla, sino el Congreso, ni tampoco investiga ni previene los delitos y faltas, sino que lo hacen los cuerpos de policías y el Ministerio Público, etc.
Más aún: Partiendo de lo anterior y llegando a los componentes últimos de la realidad, cabría decir que ni siquiera las universidades autónomas imparten educación, ni PEMEX es quien perfora, extrae y vende el crudo, y que tampoco nada de esto lo hace el Estado, sino los profesores, en el primer caso, y los trabajadores petroleros en el segundo. Y aunque esto es defendible desde cierto punto de vista, pues las universidades autónomas y PEMEX serían sólo abstracciones sin sus trabajadores, las cosas se complicarían, y no hay que complicarlas pues para muchos parecería que se llega al disparate.
Descentralización y autonomía.
El Estado mexicano está constituido, entre otras entidades, por organismos descentralizados y autónomos y por organismos no descentralizados ni autónomos. Unos y otros, juntos conforman el Estado, son el Estados. De ahí que sea propio hablar acerca de la educación que el Estado imparte cuando se habla de la educación media-superior y superior, como también es correcto decir que el Estado mexicano vende tantos o cuantos barriles de crudo diarios a otros Estados, independientemente de que todo ello lo haga, como lo hace a través de sus organismos descentralizados y autónomos llamados, respectivamente, Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y Petróleos Mexicanos (PEMEX).
Creo importante y ad hoc citar aquí al excelente maestro, don Andrés Serra Rojas: "Descentralizar no es independizar sino solamente dejar o atenuar la jerarquía administrativa, conservando el poder central limitadas facultades de vigilancia y control" (Derecho Administrativo, T.I., Porrúa, 1979, p. 473. Véase el artículo "Descentralización" de Alfonso Nava Negrete, en el Diccionario Jurídico Mexicano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México, 1983.
Educación impartida por el Estado, gratuidad y legalidad.
El articulista a que me he referido cita el caso (varias veces invocando también por doctores de la Facultad de Derecho y del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM), de la resolución dictada en 1994 por la suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que: "No existe norma constitucional que establezca el derecho de inscribirse (a las universidades autónomas) sin pago alguno".
"El veredicto de la mayor autoridad del país en materia de interpretación constitucional" es algo que parece perturbar al ánimo del articulista de La Jornada que casi implora: "¿Por qué no hacerles caso?"
Mi respuesta, airada y juvenil, podría ser la siguiente, recordando al Kropotkin de i justiciera juventud: ¡Sí existe norma constitucional y ella es el artículo tercero constitucional que establece que toda la educación que imparte el estado será gratuita! ¿Pero acaso porque la Suprema Corte resolvió una vez en contrario tengo qué admitirlo? Pero entonces... ¿tendré que inclinarme ante el juez que sé que es un canalla, únicamente porque mi madre-"nuestras madres, muy buenas, pero muy ignorantes"- me han enseñado un montón de tonterías? Pero no, no quiero responder así, aunque me seduzca e incite esa galana posición. Sé, por lo contrario, sensatamente, que sin la ley y los ministros no existieran todo estaría permitido y no podríamos vivir en paz (aunque fuera la paz de los tribunales), y que si bien existen pillos que son jueces (algunos ya en la cárcel), hay muchos otros presumiblemente virtuosos y sabios. A estos envío mis respetos. Pero no olvido, como nadie debiera olvidar, que fueron jueces y creo que ministros de la suprema Corte de Justicia de la Nación, quienes aprobaron recientemente la usura bancaria del cobro de intereses sobre intereses, incurriendo, según opiniones, en la falta grave de dictar a sabiendas, o por inexplicable ignorancia, una resolución de manifiesta injusticia (Véase el artículo "Prevaricación de Rafael Márquez P., en el Diccionario Jurídico Mexicanos, UNAM).
¿Debo hacer caso omiso a ese atropello, sin chistar, sin indignarme, sólo porque es "veredicto de la mayor autoridad del país" en materia judicial? No lo creo, ni lo acepto. ¿Qué nos quedaría a la gente común, a los simples mortales, sí no es por lo menos la exteriorización de nuestra ira?. Mejor me acongojo a la doctrina jurídica de los filósofos, a las opiniones de sabios sin compromiso y, por supuesto, a mis convicciones y a las de mis amigos que piensan como yo, aunque finalmente la ley se imponga por la fuerza. Al menos comprobaré personalmente que la ley y sus ejecutores son a menudo injustos y me sentiré digno al irritarme y al oír las murmuraciones de las buenas conciencias.
Ucronía.
Pensamos en una ucronía sobre todo esto, o sea, en algo que no fue pero que lógicamente pudo haber sido. Si los ministros de la Tercera Sala de la Corte, en 1994, hubieran coincidido conmigo, pensado como hoy lo hago yo, su interpretación del artículo tercero constitucional habría sido igual que la mía, es decir, que "el texto fundamental sí garantiza el derecho de todo gobernador a realizar en forma gratuita estudios universitarios". Así las cosas, no sólo se hubiera concedido amparo a los jóvenes que en ese año lo solicitaron, sino que ya desde entonces (y aún antes) tendría que haberse prohibido a la UNAM cobrar cuotas, del monto que fueran, por anticonstitucionales, independientemente de su autonomía. La actual suspención de labores no se hubiera producido y existirían las condiciones académicas reales para practicar exámenes y/o entregar listas de exentos, elaborar el informe anual, el PRIDE, los exámenes extraordinarios, etc., que hoy, ni por osomo existen, a menos que se inventen.
No fue así, por eso hablo de ucronía; lo que pudo ser no fue, pero mi convicción es la de que así debió haber sido. Hay elementos existentes, claros, lógicos que he descrito y no he inventado. Ahora sólo queda la esperanza de que el cambio y la normalidad se produzcan pronto.
Conclusión.
En consecuencia: Si la Universidad Nacional es un organismo descentralizado y autónomo del Estado y si la Constitución ordena que toda la educación que imparta el Estado sea gratuita, entonces la educación impartida por la Universidad Nacional deberá ser gratuita.
Lo anterior puede ampliarse: Si toda universidad pública es (como lo es) un fragmento del Estado, todo lo que hace una universidad pública lo hace el Estado. Y si toda la educación que imparta el Estado será gratuita, es solo una tautología concluir que la educación que imparta toda universidad pública será gratuita.
Esto conforma un razonamiento silogístico elemental que, aunque peque de reiterativo, siento el impulso de mostrarlo. Este es el silogismo:
Todos los M son P (porque así está ordenado)
Todos los S son M
Luego, todos los S son P
Se trata, sin duda, del modo BARBARA, que aquí adopta la forma del silogismo irregular llamado EPIQUEREMA. No admite reducción, pues es un silogismo "Perfecto". Mis alumnos de Lógica en el 4º año de la Prepa 7 saben de esto. ¿y usted?